Reducción del 5% de la masa retributiva global del RD 8/2010 y su aplicación al personal del Grupo E

 

Se ha declarado nulo de pleno derecho el acuerdo del Ayuntamiento por el que se redujo el 5% de la masa retributiva global siguiendo criterios de progresividad en la medida que se acordó por el Pleno, previa negociación colectiva, básicamente porque el personal del grupo E solicitaron que se les aplicara la reducción del 1 % artículo 24 de la LPGE 26/2009 de 23 de diciembre, cuestión de la que se ha pronunciado el Juzgado contencioso-administrativo,  estimando sus pretensiones y condenando a abonar las cantidades dejadas de percibir por los mismos desde 2010 (4%), y abonando sus retribuciones conforme a sentencia.

Aplicamos al igual que el resto de ayuntamientos la medida cumpliendo los criterios de progresividad y negociación colectiva , y consideramos no básico el artículo 24 mencionado.

El Juzgado declara la nulidad del acuerdo inicial, por lo que si procede ajustar las retribuciones del grupo E al 1 %, no conseguimos el 5% de la masa retributiva global, pudiendo implicar devolución y disminución de retribuciones del resto de la plantilla .

Nos encontramos en fase de recurrir, y solicito aportéis sólidos argumentos para la defensa de nuestras pretensiones.

Muchas gracias

RESPUESTA ACONSELA

Reducción segun RDLey 8_2010 al grupo E

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