Buenos días!
CONSULTA: un agente de la Policía Local está año y medio de incapacidad laboral temporal por enfermedad común, por tanto, no puede solicitar ni tramitar una segunda actividad por enfermedad; al final le otorgan una incapacidad permanente total para el ejercicio de profesión, y tiene intencíón de solicitar la segunda actividad por enfermedad, cuál es el procedimiento a seguir?
Cesarle en el servicio activo o mantenerle en su puesto de trabajo mientras se tramita y resuelve la segunda actividad?
RESPUESTA