Elecciones Sindicales (Permisos y dietas)

Buenos días,

Respecto a los permisos que les corresponden a los integrantes de las mesas electorales y los interventores ¿alguien podría decirme en que normativa se encuentra reflejado para la administración local?

Los sindicatos exigen que se aplique la Resolución de 14 de septiembre de 1994 (de aplicación al personal al servicio de la Administración General del Estado), así mismo exigen que se les abonen las dietas y gastos de viaje correspondientes en aplicación de la Resolución de 9 de mayo de 2007 (de aplicación también al personal al servicio de la Administración General del Estado).

¿Es de aplicación estas Resoluciones a la Administración Local?

Supongo que muchos de vosotros habéis tenido estos meses elecciones sindicales ¿Qué habéis aplicado?

Muchas gracias

1 comentario en “Elecciones Sindicales (Permisos y dietas)”

  1. Hola a tod@s, en nuestro ayuntamiento estamos ahora con las elecciones sindicales y se nos plantea el mismo problema, en mi humilde opinión es de aplicación la Orden de 18 de noviembre de 2014 de la Consellería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se establecen las normas que han de regir los procesos de elecciones sindicales a órganos de representación del personal al servicio de la Administración de la Generalitat.
    Entiendo que se trata de aplicar el art. 142 del TRRL tal y como hacemos en relación a los permisos del Decreto 175/2006.
    No obstante lo anterior, conozco al menos una sentencia que se pronunciaba en contra de la aplicación a los funcionarios de la Administración Local de la Orden anterior a la de 18 de noviembre de 2014. Quizás los compañeros puedan aportar alguna sentencia y entre todos aclarar un poco este tema que es un problema que tenemos seguro cada 4 años. Gracias

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